gestión náutica
Titulaciones náuticas
Titulaciones náuticas y qué permiten
Sin titulación náutica : no se requiere ninguna titulación náutica para navegar en embarcaciones a motor de menos de 5 metros de eslora y con una potencia no superior a los 11,26 KW (15 CV).
Las titulaciones náuticas de recreo que existen en España, están reguladas por el Real Decreto 875/2014 del 10 de octubre y son las siguientes.
La Licencia de navegación (antiguo titulín) no exige hacer ningún exámen.
¿Para quién es y qué requisitos debe cumplir?
Para personas mayores de 16 años, que realicen un curso teórico de al menos 2h de duración, cumplan 4h prácticas básicas de seguridad y navegación y obtener un certificado psicotécnico.
¿Qué permite?
• Llevar embarcaciones de hasta 6 metros de eslora.
• Alejarse de la costa hasta 2 millas.
• Navegar solamente de día.
• Gobernar embarcaciones sin límite de potencia
• Uso de todo tipo de motos náuticas.
PNB Patrón de Navegación Básica
¿Para quién es y qué requisitos debe cumplir?
Para personas mayores de 18 años (16 años para el examen teórico) que superen un reconocimiento psicofísico conforme a la normativa vigente, que aprueben el examen teórico correspondiente, hayan realizado 8h prácticas básicas de seguridad y navegación PNB y realización de un curso PNB de radiocomunicaciones de 4h.
¿Qué permite?
• Llevar embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora.
• Alejarse de la costa hasta 5 millas.
• Navegar tanto de día como de noche.
• Uso de todo tipo de motos náuticas.
Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)
¿Para quién es y qué requisitos debe cumplir?
Para mayores de 18 años, que superen un reconocimiento psicofísico en un centro autorizado, aprueben el examen teórico correspondiente, realicen prácticas básicas de seguridad y navegación y un curso práctico de radio operador de corto alcance.
¿Qué permite?
• Llevar embarcaciones de recreo de hasta 15 metros de eslora.
• Alejarse de la costa hasta 12 millas y entre islas dentro de un archipiélago.
• Uso de todo tipo de motos náuticas.
• Navegar tanto por el día como por la noche.
• Gobernar embarcaciones sin límite de potencia
• Prestar servicios profesionales tales como transporte, maniobras en puertos y platas, pruebas de mar y socorrismo.
Patrón de Yate
¿Para quién es y qué requisitos debe cumplir?
Para aquel que tenga ya el título PER, apruebe el examen teórico correspondiente, realice 24h prácticas básicas de seguridad y navegación, y supere el reconocimiento psicotécnico.
• El título de Patrón de Yate permite gobernar barcos de hasta 24 metros de eslora.
• Alejarse de la costa navegando hasta 150 millas.
• La titulación de Patrón de Yate permite la navegación tanto por el día como por la noche. Diurna y nocturna.
• Uso de todo tipo de motos náuticas.
• Prestar servicios de transporte, maniobras en puertos y playas, pruebas de mar y socorrismo con unas habilitaciones anejas.
• Prestar servicios de excursiones turísticas y pesca de recreo con hasta 6 pasajeros a bordo con unas habilitaciones anejas.
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